¿QUÉ IMPUESTOS TENGO QUE PAGAR AL IR DE SHOPPING?
¿Quién no ama ir de compras al extranjero? ¡Y qué mejor que ir de shopping y no pagar impuestos a tu regreso a México! Quédate leyendo para conocer a detalle qué puedes traer sin pagar impuestos.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene el derecho de cobrar impuestos de ciertos productos a su ingreso a México, sin embargo esto depende del medio de transporte en el que cruces la aduana.
Franquicia fiscal
La franquicia fiscal es el beneficio que tienes de no pagar impuestos al ingresar mercancías a tu país, adicionales al equipaje personal. El equipaje personal es una lista de artículos que no pagan impuestos en su ingreso a México. Para conocer la lista de artículos considerados como equipaje personal, te invitamosa visitar la página: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/447413/A_TU_INGRESO_A_MEXICO.pdf
Si ingresas vía aérea o marítima, la franquicia fiscal es de 500 dólares por persona durante todo el año. Si ingresas vía terrestre, la franquicia fiscal es de 300 dólares por persona y en periodo vacacional incrementa a 500 dólares po rpersona adicionales a tu equipaje personal.
El periodo vacacional lo publica la ANAM de forma anual, el pasado 2024 las fechas consideradas como periodo vacacional fueron las siguientes:
· Semana Santa: 8 de marzo al 7 de abril
· Verano: 18 de julio al 18 de agosto
· Invierno: 28 de noviembre 2024 al 12 de enero 2025
Es importante mencionar que los residentes de la franja fronteriza con Estados Unidos tienen un límite menor de 150 dólares de franquicia fiscal durante todo el año, sin importar el medio de transporte por el que cruces la aduana.
El valor de la mercancía lo puedes demostrar ante las autoridades con facturas, tickets o comprobantes de pago que haya emitido el vendedor, ya que en caso de no contar con ningún comprobante, el personal de la aduana puede determinar el valor de la mercancía.
¿Qué pasa si excedo los límites?
Si superas la franquicia fiscal correspondiente, deberás seleccionar el carril de autodeclaración en caso de ir vía terrestre.
El pago de impuestos es equivalente al 16% del valor total de los productos, siempre y cuando no excedan los 4,000 dólares.
En el tema de límites, también existe un límite para ingresar o salir de México con dinero. Si el dinero que portas es en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago u otro documento por cobrar, este no puede exceder los 10,000 dólares por persona.
En caso de exceder el monto, es necesario declarar ante las autoridades aduaneras o te puedes someter a una multa del 20% al 40% del monto permitido. Si la cantidad no declarada es mayor a los 30,000 dólares te puedes someter a una pena de 3 meses a 6 años en prisión y el excedente pasará a ser propiedad del fisco federal hasta que se declare el origen lícito de los recursos.
Es importante tomar en cuenta estas consideraciones cuando planeas ir de compras al extranjero, para evitar sorpresas o incumplir inadvertidamente con las normativas.